LEA, LOE E INNOVACIÓN

 

LOE  E INNOVACIÓN

 Las referencias que podemos encontrar en la L.O.E sobre investigación e innovación son las siguientes:

• COOPERACIÓN ENTRE ADMINISTRACIONES EDUCATIVAS. Las Administraciones educativas proporcionarán los datos necesarios para la elaboración de las estadísticas educativas nacionales e internacionales que corresponde efectuar al Estado, las cuales contribuyen a la gestión, planificación, seguimiento y evaluación del sistema educativo, así como a la investi-gación educativa. Asimismo, las administraciones educativas harán públicos los datos e indicadores que contribuyan a facilitar la transparencia, la buena gestión de la educación y la investigación educativa.

 

 • FORMACIÓN PERMANENTE DEL PROFESORADO. Las Administraciones educativas promoverán la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación y la formación en lenguas extranjeras de todo el profesorado, independientemente de su especialidad, estableciendo programas específicos de formación en este ámbito. Igualmente, les corresponde fomentar programas de investigación e innovación.

 

• RECONOCIMIENTO, APOYO Y VALORACIÓN DEL PROFESORADO. Dada la exigencia de formación permanente del profesorado y la necesidad de actualización, innovación e investigación que acompaña a la función docente, el profesorado debidamente acreditado dispondrá de acceso gratuito a las bibliotecas y museos dependientes de los poderes públicos. Asimismo, podrán hacer uso de los servicios de préstamo de libros y otros materiales que ofrezcan dichas bibliotecas. A tal fin, los directores de los centros educativos facilitarán al profesorado la acreditación correspondiente.

 

 MEDIDAS PARA EL PROFESORADO DE CENTROS PÚBLICOS. Las Administraciones educativas, respecto al profesorado de los centros públicos, favorecerán: ...b) El reconocimiento de la labor del profesorado, atendiendo a su especial dedicación al centro y a la implantación de planes que supongan innovación educativa, por medio de los incentivos económicos y profesionales correspondientes. ... d) El desarrollo de licencias retribuidas, de acuerdo con las condiciones y requisitos que establezcan, con el fin de estimular la realización de actividades de formación y de investigación e innovación educativas que reviertan en beneficio directo del propio sistema educativo.

 

• EVALUACIÓN DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DOCENTE. Corresponde a las Administraciones educativas disponer los procedimientos para que los resultados de la valoración de la función docente sean tenidos en cuenta de modo preferente en los concursos de traslados y en la carrera docente, junto con las actividades de formación, investigación e innovación.

 

 COMPETENCIAS DEL CLAUSTRO DE PROFESORES. ... d) Promover iniciativas en el ámbito de la expe-rimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.

 

• COMPETENCIAS DEL DIRECTOR DE LOS CENTROS PÚBLICOS. ... c) Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar planes para la consecución de los objetivos del proyecto educativo del centro.

 

• CUERPOS DE CATEDRÁTICOS. Con carácter preferente se atribuyen a los funcionarios de los cuerpos “la dirección de proyectos de innovación e investigación didáctica de la propia especialidad que se realicen en el centro”. ...

 

• PREMIOS, CONCURSOS Y RECONOCIMIENTOS. El Ministerio de Educación y Ciencia, así como las Comunidades Autónomas, podrán reconocer y premiar la labor didáctica o de investigación de profesores y centros, facilitando la difusión entre los distintos centros escolares de los trabajos o experiencias que han merecido dicho reconocimiento por su calidad y esfuerzo.

 

 FUNCIONES DEL PROFESORADO. Considera entre otras, la investigación, la experimentación y la mejora continua de los procesos de enseñanza correspondiente.

 

LEA E INNOVACIÓN:

 En la Ley de Educación de Andalucía, en el capítulo IX: Educación permanente de personas adultas, en el artículo 112 se hace mención a la innovación e investigación en educación:

 

“La Administración de la Junta de Andalucía estimulará la realización de investigaciones y la difusión de prácticas innovadoras en el campo de la educación y formación permanente de personas adultas.”

 

 El artículo destaca la importancia de fomentar la investigación e  innovación en el campo de la educación, con objetivo de encontrar los mejores métodos de enseñanza que estimulen los aprendizajes y los doten de mayor eficacia.

 

 Es necesario que los profesionales que componen el campo educativo estén en continuo proceso de formación-actualización,  ya que vivimos en una sociedad cambiante debido a los continuos avances tecnológicos que aparecen en el día a día.

 

  En la Educación también deben quedar reflejados todos esos cambios que la sociedad esta viviendo. La educación debe aprovechar todos los recursos que la tecnología le ofrece, debe estar continuamente investigando nuevos métodos de enseñanza-aprendizaje, nuevas teorías, etc.

 

 En definitiva, debe adaptarse a la sociedad y a los individuos que la componen, debe ser un reflejo de la misma. No puede ser rígida, sino flexible, abierta… para así poder cumplir con su objetivo que es dotar a las personas de las herramientas necesarias para poder desarrollarse íntegramente como individuos